¿Qué es la custodia del territorio?

Río Borosa. Sierras de Cazorla. Segura y Las Villas. Jaén.

Río Borosa. Sierras de Cazorla. Segura y Las Villas. Jaén.

1. CONSERVANDO LA NATURALEZA…

Nuestro patrimonio natural es fruto del uso tradicional y responsable del territorio, y es nuestro futuro.

Materias primas, alimentos, agua, oxígeno, empleo, cultura y paisaje, son algunos de los beneficios más inmediatos que extraemos de nuestro entorno, por lo que su preservación transcurre, como siempre y necesariamente, por la implicación directa de sus propietarios.

CUSTODIA DEL TERRITORIO
La custodia del territorio es una herramienta que promueve la implicación voluntaria de propietarios y usuarios en la conservación de la naturaleza, del paisaje y del patrimonio cultural ubicado en sus fincas y en su entorno.
Custodiar: “guardar con cuidado y vigilancia” R.A.E.

 

Cañada de los Pájaros. Sevilla.

Cañada de los Pájaros. Sevilla.

2. …ENTRE TODOS

La custodia del territorio intenta generar responsabilidades compartidas entre los propietarios y la sociedad, con el fin de conservar y utilizar correctamente los recursos y los valores naturales, culturales y paisajísticos.

Las nuevas legislaciones sobre Patrimonio Natural y Mecenazgo recogen ya esta necesidad e incluyen la custodia, y la implicación social y empresarial como estrategia de participación ciudadana en la conservación del patrimonio natural, sentando así las bases de los incentivos fiscales para quienes las promuevan.

ACUERDOS DE CUSTODIA
Un acuerdo de custodia es un procedimiento voluntario entre un propietario y una entidad de custodia, con el fin de pactar el modo de mantener, recuperar y mejorar un enclave concreto, siendo en este caso, la entidad de custodia, quien asesora y orienta en la gestión de la finca,  haciéndose responsable de la preservación de sus valores.

Cada acuerdo es diferente, escrito o verbal, y en base a los intereses de ambas partes, con flexibilidad y entendimiento mutuo, intercambiando opiniones y/o adquiriendo las responsabilidades que se consideren en cada caso, desde una sencilla y puntual colaboración, hasta la adquisición de derechos de uso y gestión de la finca.

Explotaciones agrícolas y ganaderas, empresas de toda índoles, ayuntamientos, mancomunidades, entidades bancarias, agrupaciones forestales, pequeños propietarios…